En un documento de 322 páginas, la JEP resume la barbarie del secuestro durante más de 50 años del conflicto armado con las FARC y por la que imputó a ocho exjefes de la extinta guerrilla.
Allí no se habla de retenciones ilegales, sino de delitos de toma de rehenes y de lesa humanidad por graves privaciones de la libertad, así como asesinatos, torturas, desapariciones forzadas y abusos sexuales, entre otros.
“La primacía del dinero y la dificultad para encontrar víctimas idóneas que pudieran aportar mucho dinero a la organización armada, llevó a que la política se implementara de cualquier manera con tal de que produjera dinero”, precisa el documento.
Uno de esos mecanismos fue el secuestro.
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“No podían, de ninguna manera en los términos de este auto, tal y como lo señala la determinación de los hechos, hacer que los civiles fueran convertidos en cosas, en mercancías”, dijo Eduardo Cifuentes, presidente de la JEP, al cuestionar los métodos de la extinta guerrilla.
Y es que tras recopilar los testimonios de 2.546 víctimas que narraron los horrores que sufrieron, “la sala determina que el trato dado a los cautivos -descrito en el acápite (c) de esta providencia, y en especial el observar a los cautivos defecando y otras ofensas al pudor y la sanidad que pueden ser apreciadas como violatorias de la dignidad personal por cualquier persona razonable; además, el trabajo forzado de los cautivos, fuera como castigo o no-, es también un atentado a la dignidad persona”, detalla el documento.
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La magistrada Julieta Lemaitre también describió esos malos tratos con “encadenamiento y amarre como forma de castigo y humillación, marchas forzadas sin consideración de las circunstancias de vulnerabilidad, agresiones físicas y psicológicas con golpes, gritos, burlas, empujones, vulneración total de la intimidad”.
Aunque las FARC dijeron que supuestamente tenían políticas de buen trato con los secuestrados, la JEP pudo evidenciar que esta política solo se orientó a mantener al cautivo con vida, mas no a brindarle un trato digno:
La aceptación del sometimiento del cuerpo del cautivo a la voluntad de los comandantes y de la guardia, sin instrucción y sin control, conlleva a un desinterés intencional por la dignidad humana de los cautivos, quienes, según la motivación de la privación de la libertad podrían representar, por un lado, el dinero que se podía obtener por él o por ella, como si fueran objetos transables.
La aceptación del sometimiento del cuerpo del cautivo a la voluntad de los comandantes y de la guardia, sin instrucción y sin control, conlleva a un desinterés intencional por la dignidad humana de los cautivos, quienes, según la motivación de la privación de la libertad, podrían representar, por un lado, el dinero que se podía obtener por él o por ella, como si fueran objetos transables.
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Los primeros ocho imputados por la JEP son: Rodrigo Londoño Echeverri -Timochenko-; Pastor Alape, Pablo Catatumbo, Julián Gallo Cubillos -Carlos Antonio Lozada-; Rodrigo Granda Escobar, Milton de Jesús Toncel -Joaquín Gómez-; Jaime Alberto Parra -el Médico-; y Juan Hermilo Cabrera, que falleció este miércoles.
Si aceptan la imputación, recibirían sanciones propias, que conlleva a penas entre 5 y 8 años, pero no en cárcel, sino haciendo trabajo social y restaurativo que beneficien a las víctimas.
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Si los rechazan, el proceso pasaría a la unidad de investigación y acusación de la JEP y luego al Tribunal de Paz y enfrentarían sentencias de hasta 20 años de prisión.
Aunque por ahora sean solo ocho los señalados, la jurisdicción ya confirmó que se vienen más imputaciones, ahora contra mandos medios y ejecutores de estos delitos.
A este auto “le van a seguir uno para cada bloque. Los bloques ocupaban diferentes regiones del país. Está el bloque del Caribe, el bloque noroccidental, el bloque oriental, el bloque suroccidental, que era comando conjunto occidental”, detalló la magistrada Lemaitre.
Las víctimas y el Ministerio Público también tendrán la posibilidad de pedir adiciones a esta imputación o mayor esclarecimiento de hechos.