
La señal de tránsito que se coloca en las vías del país y que se destaca por ser circular con borde rojo y con una línea negra horizontal en el medio es una de las más comunes. Es una señal colocada a un costado de la vía y que indica que los vehículos se acercan a un retén o puesto de control instalado técnicamente por una de las autoridades de tránsito. La utilización de esta señal y su correcto uso se encuentra en el Manual de Señalización Vial adoptado mediante la Resolución 1885 de 2015 del Ministerio de Transporte.
En el manual se define retén en los mismos términos de la Ley 769 de 2002, que estable el Código Nacional de Tránsito . La señal reglamentaria para indicar un retén es conocida en el manual como la SR-36. "Se emplea para indicar al conductor la presencia de un retén de tránsito, policía o aduana, en donde el vehículo puede ser obligado a detenerse. Puede ser complementada con una señal informativa que indique la distancia en metros a la cual se encuentra ubicado el retén u otro tipo de información útil para el conductor”, según se lee en el manual.
¿Cómo debe estar ubicado un retén en la vía?
De acuerdo con el mismo texto, el retén deben contar con ciertas disposiciones:
- Deberá realizarse sobre la berma o disponerse en sitios aledaños a las vías, en los cuales se estacionarán los vehículos que se ordene detener, por lo cual no podrán utilizarse los carriles de la vía para detener los vehículos.
- Para dar información sobre el sitio de realización de los operativos en carreteras y vías urbanas, se debe colocar un mínimo de dos señales portátiles en adición a las luces balizas de los vehículos oficiales. Las señales deben ser ubicadas sobre la berma derecha o aledaña al carril derecho, cuando no exista berma; pero en ningún caso sobre los carriles de circulación, con excepción de las vías urbanas en las cuales se podrá hacer sobre el carril derecho de la calzada.
- Las señales serán localizadas a una distancia del operativo, según corresponda con lo establecido en la tabla 2.4 del manual descrito, teniendo en cuenta la velocidad de operación de la vía, es así como, su borde inferior debe distar al menos 5,5 metros del punto más alto de la calzada o berma.
Qué pasa al no cumplir con la señal de tránsito SR-36
Algunos de loscomparendos que podría recibir
por no acatar la señal de tránsito son los siguientes:
- Comparendo A05 - No respetar las señales de tránsito: multa mínima que tendrás que pagar es de 4 SMLDV (Salario Mínimo Legal Diario Vigente).
- Comparendo J01 - Daño, retiro o modificación de señales de tránsito: la multa por esta falta asciende a 3 SMLMV (Salario Mínimo Legal Mensual Vigente).
- Comparendo C31 - No acatar las señales o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito: 15 SMLDV (Salario Mínimo Legal Diario Vigente).
NOTICIAS CARACOL