La posibilidad de que la reforma laboral fuera archivada, luego de la reciente decisión en la Comisión Séptima del Senado
en la que ocho senadores firmaron a favor de la ponencia de archivo del documento, conllevó a que el presidente Gustavo Petro, en la tarde del pasado martes 11 de marzo, anunciara en una rueda de prensa que convocaría a una consulta popular.
Este mecanismo de participación, aunque ya se ha usado en varias ocasiones, llama la atención de muchos, pues algunas personas cuentan con poco conocimiento sobre su funcionamiento y tampoco saben cuáles son los pasos a seguir para que se lleve a cabo este trámite, creado en 1994 con el objetivo de conocer la posición de la población colombiana respecto a temas de interés nacional.
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Noticias Caracol habló con Diego Andrés González, abogado constitucionalista experto en el tema, quien dio detalles sobre lo que ocurriría en caso de que esta consulta popular para aprobar la reforma laboral se pueda llevar a cabo y obtenga la mayoría correspondiente a favor de esta iniciativa. Aunque, por obligación, esta debe aprobarse en caso de obtener las mayorías en las urnas, el trámite está sometido a ciertos controles.
Una vez el pueblo decida, los efectos de esta consulta deben ser obligatorios, por lo que la reforma volverá al Congreso para que este, sin necesidad de debates adicionales, apruebe lo votado en la consulta popular. "La decisión que adopte el pueblo es una decisión obligatoria para las corporaciones públicas y eso implica que esto vuelve al Senado. (...) El Congreso de la República tendría que darle cumplimiento a la decisión adoptada por el pueblo", añadió el legista.
Reforma laboral en Colombia: ¿qué pasa si el Congreso no acata los resultados de la consulta popular?
Ahora bien, en caso de que el Congreso de la República
, una vez decidida la consulta popular, no acate el mandato del pueblo tan pronto venza el periodo de las sesiones ordinarias del ciclo siguiente a la aprobación, el presidente de la República podrá darle cumplimiento a lo que mandó del pueblo mediante un decreto con fuerza de ley.
El experto, sin embargo, hace énfasis en que una vez aprobada la decisión del pueblo, la Corte Constitucional debe revisar lo aprobado y verificar que el nuevo mandato popular no sea inconstitucional, es decir, que no vulnere otras normas o derechos básicos incluidos en la carta magna.