El pico y placa en Bogotá está organizado según la terminación del número de la placa del vehículo. En los días pares, los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5 no pueden circular, mientras que en los días impares se prohíbe el tránsito de aquellos cuyo último número es 6, 7, 8, 9 y 0.
Recuerde que la restricción del pico y placa en Bogotá se aplica únicamente durante el horario establecido, es decir, entre las 6:00 a.m. y las 9:00 p.m. Fuera de estos horarios, los vehículos pueden circular sin ningún tipo de restricción. Sin embargo, si un conductor no respeta esta norma y se encuentra circulando en un día y hora restringidos, estará sujeto a una multa económica y a la inmovilización de su vehículo.
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Pico y placa en Bogotá del 27 al 31 de enero de 2025
- Lunes 27 de enero: Podrán circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Martes 28 de enero: Podrán circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Miércoles 29 de enero: Podrán circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Jueves 30 de enero: Podrán circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Viernes 31 de enero: Podrán circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Los vehículos con las placas que coinciden con el día específico de la semana pueden circular libremente por las calles de Bogotá. Es importante tener en cuenta que los días sábados y domingos no hay restricción de pico y placa, por lo que puede transitar sin problemas durante esos días.
Pico y placa para taxis del 27 al 31 de enero de 2025
- Lunes 27: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 0.
- Martes 28: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 0.
- Miércoles 29: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8.
- Jueves 30: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 0.
- Viernes 31: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9, 0.
La multa por ignorar el pico y placa
Las consecuencias para quienes deseen evadir la medida de pico y placa son severas. Los conductores que no respeten las restricciones impuestas por la Secretaría Distrital de Movilidad se enfrentarán a una multa económica equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que se traduce en aproximadamente $711.750. Además de la multa, el vehículo será inmovilizado, lo que puede generar inconvenientes adicionales para el propietario.
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Sin embargo, existe una opción legal para aquellos conductores que necesiten circular en las horas y días restringidos. A través del sistema de "Pico y placa solidario", los propietarios pueden obtener un permiso especial para poder circular libremente durante las horas restringidas, a cambio de una tarifa diaria, mensual o anual.
Este permiso puede ser adquirido fácilmente a través de la plataforma en línea de la Secretaría Distrital de Movilidad.
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Tarifas del pico y placa solidario para 2025
A partir de febrero de 2025, entrarán en vigencia las nuevas tarifas para el pico y placa solidario en Bogotá. Estas tarifas se ajustan debido al aumento del 5,2% en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y otros factores económicos, según informó la Secretaría de Movilidad.
- Permiso de 6 meses: $2.672.989.
- Permiso de 1 mes: $534.546.
- Permiso de 1 día: $66.883.
Estos valores dependen de factores como el tipo de combustible, el cilindraje, el modelo del vehículo y el lugar de registro. Los fondos recaudados por este servicio se destinan a proyectos de movilidad sostenible y al mejoramiento del transporte público.
Para obtener el permiso, los interesados deben ingresar al sitio web oficial del pico y placa solidario y completar los pasos de registro, solicitud, confirmación y aprobación. Luego, se podrá hacer el pago a través de PSE o de manera presencial en las entidades del Grupo Aval.
Vehículos exentos del pico y placa en Bogotá
No todos los vehículos están sujetos a las restricciones del pico y placa. Existen varias categorías de vehículos que están exentos de esta medida y pueden circular sin ningún problema, incluso en los días y horas en los que los vehículos particulares tienen restricciones. Entre los vehículos que no deben seguir las limitaciones de circulación se encuentran:
- Vehículos eléctricos, que funcionan con energía eléctrica o que no emiten contaminantes están exentos.
- Vehículos híbridos, que combinan motores de combustión con motores eléctricos, por lo tanto, están exentos de las restricciones del pico y placa.
- Carrozas fúnebres, tienen la excepción para poder operar en cualquier momento.
- Vehículos de emergencia, se incluyen las ambulancias, los vehículos de bomberos y vehículos policiales.
- Vehículos adaptados para personas con discapacidad.
- Vehículos pertenecientes a medios de comunicación.