En Bogotá, el pico y placa se aplica de lunes a viernes, desde las 6:00 a.m. hasta las 9:00 p.m. Durante estos días, los carros particulares tienen restricciones alternadas. Es decir, en días pares no pueden circular los vehículos con placas terminadas en números 1, 2, 3, 4 y 5, y en días impares, la restricción aplica para los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
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Pico y placa en Bogotá de la semana del 13 al 17 de enero
- Lunes 13: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Martes 14: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Miércoles 15: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Jueves 16: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Pico y placa para taxis en Bogotá
- Lunes 13: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3-4-5-6-7-8-9-0
- Martes 14: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-5-6-7-8-9-0
- Miércoles 15: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-7-8-9-0
- Jueves 16: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-5-6-9-0
- Viernes 17: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-5-6-7-8
- Sábado 18: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3-4-5-6-7-8-9-0
La multa por ignorar el pico y placa
En Bogotá, la medida de pico y placa está claramente regulada y tiene implicaciones severas para quienes no la respeten. Los conductores que infringen esta restricción se enfrentan a una multa económica de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente $ 711.750, además de la inmovilización de su vehículo.
Sin embargo, aquellos conductores que necesiten movilizarse en sus vehículos durante los días y horarios restringidos tienen una opción legal para evitar la sanción: el pico y placa solidario. Este sistema permite a los propietarios de vehículos obtener un permiso para circular sin restricciones, a cambio de una tarifa diaria, mensual o anual. Los interesados pueden gestionar este permiso fácilmente a través de la plataforma en línea de la Secretaría Distrital de Movilidad.
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Vehículos que no aplican a la medida del pico y placa
Cabe destacar que existen varios tipos de vehículos que no están sujetos a las restricciones de pico y placa, y por lo tanto no recibirán ninguna multa, incluso si circulan en los días u horas de restricción. Entre estos vehículos exentos se encuentran:
- Vehículos eléctricos y aquellos que funcionan con cero emisiones.
- Vehículos híbridos, que combinan motores de combustión con motores eléctricos, y por lo tanto, también son considerados más amigables con el medio ambiente.
- Carrozas fúnebres, que tienen una excepción dada su naturaleza y necesidad de operar durante cualquier momento del día.
- Vehículos de emergencia, como ambulancias, bomberos o vehículos de la policía. Estos deben estar libres de restricciones para cumplir con su labor.
- Vehículos adaptados para personas en situación de discapacidad.
- Vehículos pertenecientes a medios de comunicación.
Pico y placa regional
Durante los puentes festivos, se implementa una medida especial conocida como pico y placa regional en Bogotá. Esta restricción se aplica a las principales vías de acceso a la ciudad y limita el ingreso de vehículos según el último dígito de su placa.El horario de esta medida es el siguiente:
- De 12:00 p.m. a 4:00 p.m.: solo pueden ingresar a Bogotá los vehículos cuyas placas terminan en números pares (0, 2, 4, 6, 8).
- De 4:00 p.m. a 8:00 p.m.: en este periodo, solo pueden ingresar a la ciudad los vehículos con placas terminadas en números impares (1, 3, 5, 7, 9).
Esta restricción afecta a todos los vehículos que ingresan a Bogotá desde los municipios cercanos, especialmente aquellos que circulan por las principales vías de acceso a la ciudad. Algunas de las rutas donde se implementa esta medida incluyen:
- Autopista Sur: desde el límite municipal de Soacha hasta la Avenida Boyacá, en dirección sur-norte.
- Avenida Centenario (Calle 13): desde el río Bogotá hasta la Avenida Ciudad de Cali (Carrera 86), en dirección occidente-oriente.
- Calle 80: desde el Puente de Guadua hasta el Portal 80 del sistema Transmilenio, en dirección occidente-oriente.
- Carrera 7: desde la Calle 245 hasta la Calle 183, en dirección norte-sur.
- Avenida Boyacá (vía al llano): desde el Túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano, en dirección sur-norte.
- Vía a La Calera: desde el peaje Patios hasta la Avenida Carrera 7, en dirección oriente-occidente.
- Vía a Choachí: desde la vía Monserrate hasta la Avenida Circunvalar, en dirección oriente-occidente.