La medida rige desde este lunes 6 de abril, según lo dispusieron las autoridades de la capital del Valle del Cauca. Irá hasta que termine el aislamiento nacional.
El secretario de Seguridad y Justicia de Cali, Carlos Rojas, informó este miércoles 1 de abril de 2020 que se decreta el pico y cédula en la capital del Valle del Cauca mientras se cumple la cuarentena obligatoria para contener la propagación del coronavirus COVID-19 .
El funcionario indicó con el pico y cédula se busca regular la presencia de personas en el espacio público, principalmente en los centros de abastecimiento, en establecimientos bancarios y financieros de la ciudad.
Así las cosas, en el decreto 0767 del 2 de abril de 2020, el alcalde de Santiago de Cali, Jorge Iván Ospina, impartió órdenes e instrucciones para que los caleños acaten el aislamiento social, con el fin de prevenir el riesgo de contagio de coronavirus COVID-19.
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El pico y cédula en la capital del Valle del Cauca funciona con el último número de documento de identidad de cada ciudadano y opera todos los días a partir del lunes 6 de abril de 2020.
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Quien incumpla dicha disposición en medio de la cuarentena por el coronavirus COVID-19 podría ser objeto de sanciones.
Es así como, los lunes, las personas con cédulas terminadas en 1, 2 y 3 podrán ir a los establecimientos a adquirir sus productos de consumo durante todo el día.
El pico y cédula de los martes, según el decreto, aplica para cédulas culminadas en 4, 5 y 6, mientras los miércoles cobija los documentos cuyo último dígito sea 7, 8 y 9.
Los jueves aplica para los números 0,1 y 2 y el viernes le corresponde a las cédulas terminadas en 3, 4 y 5.
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La norma, que también tiene vigencia los fines de semana, operará los sábados con los dígitos 6, 7 y 8, y los domingos con 9 y 0.
Cabe aclarar que las personas que necesiten ir a droguerías o notarías podrán hacerlo cualquier día de la semana.
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“La idea es que esta medida nos ayude a reducir el número de personas en la calle, facilite la eficacia de las autoridades institucionales y así podamos evitar las aglomeraciones, que son foco para la transmisión y propagación del Coronavirus”, sustentó el Secretario de Seguridad y Justicia Municipal, Carlos Alberto Rojas Cruz.
Sanciones y restricciones
El incumplimiento de la normativa podrá acarrear a los infractores las sanciones previstas en la Ley 1801 de 2016, "tales como amonestación, multa, y demás aplicables, sin perjuicio de incurrir en las conductas punibles previstas en la Ley 599 de 2000", detalla el decreto.
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Tales multas oscilan entre los $523.008 y $936.320. Cifras entregadas por la Secretaría de Seguridad y Justicia Municipal indican que, desde el inicio de la cuarentena nacional obligatoria establecida a raíz del coronavirus COVID-19 y hasta la fecha de emisión del decreto de pico y cédula, se impusieron más de 1.200 comparendos por el incumplimiento de la medida.
Las autoridades municipales reiteran que, durante la aplicación del pico y cédula, se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar para la adquisición de bienes de primera necesidad (alimentos, bebidas, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población) y para la utilización de servicios bancarios, financieros y operadores de pago.
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Los establecimientos no podrán vender ningún producto a personas que estén por fuera de la norma, de la cual se excluyen las droguerías y farmacias, es decir, los ciudadanos pueden ir en cualquier momento a estos sitios para comprar lo que requieran.
Las autoridades insisten en practicar un adecuado lavado de manos , usar geles antibacteriales, cuidar a la población vulnerable y respetar el aislamiento preventivo obligatorio en cada región. #EstáEnTusManos.
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