La Corte Constitucional negó el impedimento de la magistrada Cristina Pardo, que había pedido ser apartada de la discusión donde se define la despenalización total del aborto, por pronunciamientos que había hecho cuando fue secretaria jurídica de la Casa de Nariño durante el mandato de Juan Manuel Santos.
El alto tribunal consideró que la ideología de la togada no podía excluirla del debate, que se lleva a cabo desde hace un año y siete meses.
Decenas de personas de movimientos a favor y en contra de la despenalización total del aborto en Colombia se encontraban a las afueras de la Corte Constitucional a la espera de una decisión.
Mariana Ardila, vocera de Causa Justa, manifestó: “Si reguláramos el aborto por vía de la salud, en vez de usar el derecho penal, todas esas mujeres que hoy están en cualquier esquina haciéndose un aborto inseguro podrían llegar al sistema de salud, podrían llegar mucho más rápido a hacer abortos más tempranos, más seguros”.
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No obstante, quienes están en contra de la despenalización como Jesús Magaña, de Unidos por la Vida, “algunos magistrados de la Corte están cayendo en ese juego y violando la Constitución, que en artículo 11 es clarísima: la vida es inviolable, no habrá pena de muerte”.
En Colombia solo está contemplado el aborto en tres casos: cuando el embarazo representa un riesgo para la salud física o mental de la mujer, por abuso sexual o por malformación del feto.