La Superintendencia de Industria y Comercio impuso una multa de 136 millones de pesos a la modeloElizabeth Loaiza por realizar publicad engañosa en sus redes sociales. Según la SIC, la caleña promocionó pruebas rápidas deCOVID-19 , mismas que no contaban con registro Invima ni autorización para importación.
Mediante un comunicado, la SIC indicó que “la autoridad no pudo comprobar que la comercialización del producto no se restringía a ventas institucionales, como se afirmó en esa publicidad. Tal y como se evidenció en el informe remitido por el Invima, la persona encargada de atender la línea telefónica no advirtió ni exigió documentación alguna que acreditara al comprador como representante de alguna autoridad”.
Además, señaló las pruebas rápidas contra el coronavirus no contaban con el registro Invima cuando se realizaron las publicidades.
“Frente a la afirmación de que el producto contaba con los requisitos sanitarios, específicamente con el registro Invima, se demostró, de manera irrefutable, que, para la fecha del anuncio publicitario, las comercializaciones de dichas pruebas de detección rápida de coronavirus incumplían con la normatividad sanitaria”, expuso.
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La SIC aseguró que cuenta con un estatuto para proteger a los consumidores, sin importar el medio por el que se realice una publicidad.
“El Estatuto del Consumidor contiene disposiciones que protegen contra la publicidad engañosa, indistintamente del medio de comunicación que se utilice para emitir el mensaje y, en consecuencia, las mismas resultan compatibles y aplicables a la actividad publicitaria que se realice en el entorno digital”, concluyó.
#COMUNICADO 🚨 La @sicsuper sanciona a la empresaria ELIZABETH LOAIZA JUNCA por infracciones al Estatuto del Consumidor por la promoción de “PRUEBAS COVID-19” 🇨🇴👇 pic.twitter.com/GWjTVwDLmJ
— ANDRÉS BARRETO (@andresbarretog) June 19, 2021
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