
Licencia de conducción en Colombia: ¿cada cuánto debe renovarla teniendo en cuenta su edad?
Si no renueva su licencia a tiempo podría recibir una multa de más de $320.000 y la inmovilización del vehículo, según el Código Nacional de Tránsito.

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La renovación de la licencia de conducción colombiana depende de la edad del conductor y del tipo de vehículo que maneje. Existen diferencias específicas entre quienes conducen vehículos particulares y quienes operan vehículos de servicio público. La normativa también incluye plazos distintos para personas mayores de 60 años.
El proceso de renovación exige cumplir con dos requisitos principales: realizar un examen médico en un centro autorizado por el Ministerio de Transporte y asistir al organismo de tránsito correspondiente para validar datos y pagar los derechos del trámite. La nueva licencia se emite una vez se verifique la identidad del conductor y se confirme que no tiene multas pendientes.
La tarifa del trámite varía según el municipio o departamento, ya que es fijada por los Concejos Municipales o Asambleas Departamentales. El costo promedio de renovación oscila entre 150.000 y 200.000 pesos colombianos, dependiendo de la jurisdicción, esto se explica de acuerdo al documento del Ministerio de Transporte.
De acuerdo con el Decreto 019 de 2012, la vigencia de las licencias de conducción para vehículos particulares fue modificada, estableciendo nuevos tiempos de renovación según la edad del conductor. Las reglas son las siguientes:
En el caso de los conductores de servicio público, la normativa no fue modificada por el decreto mencionado. Por lo tanto, las licencias de esta categoría deben renovarse cada 3 años, sin importar la edad del titular.
El procedimiento incluye dos pasos obligatorios:
Según el documento oficial del Ministerio de Transporte, "el cambio del formato de la licencia de conducción no varía estos pasos", lo que significa que todos los conductores deben seguir el mismo procedimiento, sin importar el diseño de la licencia que posean actualmente.
Las licencias de conducción en Colombia se clasifican en dos grandes grupos: vehículos particulares (categorías A y B) y vehículos de servicio público (categorías C).
La persona que quiera cambiar de una categoría
de servicio público a particular puede hacerlo sin necesidad de capacitación adicional. Si desea pasar de categoría particular a servicio público, deberá acudir a una escuela de conducción autorizada para realizar una formación previa.
Según la tabla oficial de autoliquidación 2025, conducir un vehículo sin portar la licencia de conducción, o con la licencia vencida, está tipificado como infracción código B01 y B02 respectivamente. Estas conductas se sancionan con una multa equivalente a 27,86 UVB.
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Para el año 2025, el valor de 1 UVB (Unidad de Valor Básico) es de $11.552, lo que representa una multa total de 321.839 pesos colombianos. Este valor puede reducirse si el infractor paga la sanción durante los primeros días hábiles:
Adicionalmente, el vehículo será inmovilizado hasta que una persona autorizada y con licencia válida lo retire del lugar, como lo establece el Código Nacional de Tránsito.
DANNA SOFÍA SUÁREZ G
PERIODISTA DE NOTICIAS CARACOL
dssuarez@caracoltv.com.co
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