
Juez de Bogotá absuelve al general (r) Humberto Guatibonza por escándalo de chuzadas
Guatibonza era señalado de tres delitos relacionados con una supuesta red de chuzadas ilegales que se destapó en el año 2018.

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El juez 35 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá absolvió este jueves al general (r) Humberto Guatibonza, excomandante de la Policía en Bogotá y exdirector del Grupo Antisecuestro de la Policía , por tres delitos -concierto para delinquir, utilización de software malicioso e interceptaciones ilegales- relacionados con una supuesta red de chuzadas ilegales que se destapó en el año 2018.
Hace siete años se empezó a investigar al general en retiro por supuestamente formar parte de una organización criminal que ofrecía y entregaba servicios ilegales como la obtención de comunicaciones, localización de objetos y la consecución de datos personales tales como sábanos de llamadas y estados financieros a través de dos empresas: JHS Consultores AIG Seguridad Limitada y HGC Consultoría.
Esta decisión representa un giro importante en uno de los procesos judiciales más comentados de los últimos años, en el que se vinculó al general en retiro con actividades ilegales como la interceptación de comunicaciones y la comercialización de información confidencial mediante herramientas informáticas.
Según lo que señaló la Fiscalía General, en ese momento, el general Guatibonza junto con dos personas más, Carlos Eduardo Arenas y Julián Villarraga, conformaron esta organización criminal y se aliaron para justamente interceptar datos de manera ilegal y posteriormente venderlos. Sin embargo, resultaron absueltos los tres.
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"No se allegaron elementos materiales probatorios y evidencia física que permitan afirmar, con la certeza exigida, la participación del acusado en las conductas delictivas imputadas", señala el fallo conocido este jueves. El juzgado sostuvo que el material probatorio presentado por la Fiscalía "no superó el estándar de conocimiento requerido para desvirtuar la presunción de inocencia".
A pesar de las interceptaciones telefónicas, peritajes informáticos y testimonios recogidos durante el proceso, el juez determinó que estos no eran concluyentes. "Las pruebas de referencia no pueden ser el único soporte de una sentencia condenatoria en el sistema penal acusatorio", argumentó el despacho al sustentar la absolución.
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"El conocimiento para emitir una sentencia condenatoria no puede fundarse exclusivamente en pruebas de referencia", manifestó, y agregó que "no se pudo probar que el acusado haya ordenado, participado o conocido de manera directa las acciones ilícitas atribuidas a otros procesados".
La decisión judicial también desestimó la solicitud de nulidad presentada por la defensa del general en retiro, que alegaba falta de imparcialidad del juez, al indicar que "el defensor no señaló ningún hecho que evidenciara el carácter parcializado de este funcionario judicial".
WILLIAM MORENO HERNÁNDEZ
COORDINADOR DIGITAL NOTICIAS CARACOL
wamoreno@caracoltv.com.co