La JEP revocó el beneficio de libertad que le había otorgado al coronel retirado Publio Hernán Mejía y expidió orden de captura en su contra al considerar que “incumplió las garantías de no repetición y revictimización con las que se comprometió cuando se sometió a la Jurisdicción Especial para la Paz”.
Lo anterior, sostuvo el tribunal, porque Publio Hernán Mejía “incurrió en un discurso de odio, denigrante y ofensivo que se tradujo en estigmatizaciones, amenazas, expresiones de odio, atribución de conductas delictivas sin prueba, incitación a la polarización y a la violencia, negación de la democracia”.
Dichas expresiones las dio en el canal de YouTube Primero la Patria.
La JEP informó que analizó 26 videos publicados en dicha red y “encontró que en cuatro de ellos se presenta una afectación directa al régimen de condicionalidad, lesionando gravemente los derechos y garantías de las víctimas”.
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Las declaraciones públicas del coronel (r) Publio Hernán Mejía se dieron “en la época de protestas sociales a nivel nacional en 2021” y “van en contravía del deber que los comparecientes adquieren de asumir la defensa de una cultura de paz, inclusive en escenarios de contienda política como fue el argumento presentado por la defensa del coronel (r) al momento de la apertura del incidente de incumplimiento”, detalló el alto tribunal.
“No se trata pues de meras opiniones o comentarios molestos, se trata de continuas y reiteradas expresiones con elevada agresividad orientadas a personas y grupos específicos que incluye, más grave aún, a víctimas ante la JEP y a sus representantes”, precisó.
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La JEP le revocó entonces la libertad transitoria, condicionada y anticipada que le había sido otorgada al coronel (r) Publio Hernán Mejía, que le fue concedida desde 2017 como resultado del acuerdo final de paz.
Asimismo, la jurisdicción lo imputó por crímenes de guerra y lesa humanidad, dentro del Caso 03, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas que fueron presentados como bajas en combate por agentes de Estado, hechos conocidos en Colombia como falsos positivos.
“Como comandante del Batallón de Artillería No. 2 La Popa (BAPOP), entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005, fue hallado máximo responsable por su participación determinante en el asesinato de 75 personas en el norte de Cesar
y el sur de La Guajira. Tras decidir no reconocer responsabilidad, el proceso del coronel (r) fue remitido a la Unidad de Investigación y Acusación”, explicó la JEP.