
La Jurisdicción Especial para la Paz -JEP- informó que le concedió “amnistía a Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, exintegrante de las Farc-EP conocido como 'Simón Trinidad', únicamente por los delitos de rebelión y daño en bien ajeno, en 20 procesos”.
El exjefe guerrillero paga una pena de 60 años de prisión en Estados Unidos por el secuestro de los tres contratistas de ese país que fueron liberados durante la Operación Jaque, tras estar más de cinco años en cautiverio.
‘Simón Trinidad’ acumuló un amplio dossier criminal durante su permanencia en las Farc, que incluían delitos como narcotráfico, desplazamiento, terrorismo, secuestro, reclutamiento de menores y homicidio, de los que uno de los más recordados es el crimen de la exministra de Cultura Consuelo Araújo Noguera, asesinada en 2001.
En noviembre de 2024 se supo que el Gobierno de Gustavo Petro busca que se le conceda el indulto al exguerrillero
porque afirma que puede contribuir a la verdad en el país.
¿Por qué ‘Trinidad’ recibe amnistía?
Según la JEP, “el delito de rebelión hace parte de los delitos políticos, a los cuales se les puede aplicar la amnistía de derecho o 'de iure', según lo indicado en la Ley 1820 de 2016 y en la Ley Estatutaria de la JEP, en concordancia con lo estipulado en el Acuerdo Final de Paz”.

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Teniendo en cuenta dicha consideración, el alto tribunal decidió otorgarle la amnistía a alias Simón Trinidad por estos procesos: los dos primeros tienen que ver con sentencias de 2004, en las que “el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Valledupar lo condenó, en un primer proceso, a treinta y cinco años de prisión al encontrarlo responsable, en calidad de determinador, del delito de secuestro extorsivo agravado, y, en calidad de autor, del delito de rebelión; y, en un segundo proceso, lo condenó a una pena de seis años y medio, al encontrarlo responsable del delito de rebelión”.
“Los otros tres procesos por los que se concede la amnistía a Palmera Pineda corresponden a actuaciones de la Fiscalía 43 Especializada de Villavicencio y de la Fiscalía 19 Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario que lo acusaron y procesaron por el delito de rebelión. Y un proceso de la Unidad Especializada de Terrorismo de Bogotá que acusó y procesó a Palmera por los delitos de rebelión y daño en bien ajeno”, añadió.
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La JEP también analizó otros 15 casos en los que, “si bien se vinculó a Palmera Pineda, las actuaciones penales no llegaron a una fase que lograra demostrar su culpabilidad o participación”, pues ‘Simón Trinidad’ “era vinculado al ser identificado como una figura importante al interior de las extintas Farc-EP, pero la Fiscalía no logró demostrar que Palmera tuviera capacidad para ordenar que se cometieran los hechos”. Por tal razón, la jurisdicción “procedió a hacer una recalificación de las conductas, pues no llegaron a una etapa de condena ni acusación, de modo que el único delito demostrable por el que puede ser vinculado Palmera Pineda en estos hechos es el de rebelión”.
Según la JEP, a febrero de 2025 se han realizado 4.238 trámites de amnistía con comparecientes de las Farc-EP. Además, entre 2017 y 2018, el Gobierno amnistió a más de 9.700 integrantes de esa exguerrilla por delitos políticos.
Actualmente, “la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas se encuentra estudiando los procesos de aproximadamente 80 exintegrantes y antiguos colaboradores de las extintas Farc-EP que participaron en crímenes no amnistiables, pero que no han sido catalogados como máximos responsables en crímenes cometidos durante el conflicto”.
EDITADO POR SANDRA SORIANO SORIANO
PERIODISTA DIGITAL NOTICIAS CARACOL
smsorian@caracoltv.com.co