Para el Gobierno, la lista que define las etapas de vacunación en Colombia contra el coronavirus COVID-19 mide las prioridades ante la cantidad de inmunizantes disponibles y por eso hicieron un llamado a los jueces frente a tutelas que se puedan presentar contra el proceso.
“Son revisadas por las instancias de asesoría al Ministerio de Salud y tienen toda la legitimidad, y por lo tanto nuestra invitación a los jueces es hacer respetar esta prioridad, porque en esto debe primar el derecho colectivo sobre los derechos individuales de las personas”, dijo Fernando Ruiz, ministro de Salud de Colombia.
El llamado no cayó bien en agremiaciones judiciales y también en exmagistrados.
“Los jueces son autónomos, independientes, no se puede prohibir al ciudadano que acuda en un caso concreto ante sus jueces y haga uso de la tutela, que garantiza los derechos fundamentales”, señaló Fredy Machado, presidente de la Asociación de Trabajadores de la Rama Judicial.
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Entretanto, Jaime Arrubla, expresidente de la Corte Suprema de Justicia, consideró que la petición del Gobierno resulta “exótica”.
“Si el decreto que establece esa jerarquía está bien concebido, no hay por qué temer, se defiende por sí solo. Pero, si está mal concebido, pues para eso es la acción de tutela”, indicó.
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Pero a esto se suma el otro llamado del gobierno del presidente Iván Duque a la ciudadanía.
“Las personas, que de pronto no están en las líneas de prioridad en la secuencia definida en el plan de vacunación, no empiecen a llenar el sistema judicial de tutelas buscando un mecanismo para saltarse ese lugar”, dijo el mandatario de los colombianos.
Pero algunos gremios en el país, como el de la seguridad privada, sostienen que harán uso de la tutela.
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“Vamos a la tutela en caso de que esto no se dé y vamos a presentar ante las instancias judiciales los argumentos necesarios para que se nos brinden las garantías”, declaró Juan Carlos Medina, director de la Asociación de Entidades de Seguridad Privada.
Los jueces aseguraron que estudiarán las tutelas y si existe o no la violación de derechos constitucionales.
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