Las cirugías estéticas para reconstruir el lóbulo de las orejas de las mujeres por cuenta del uso de aretes pesados, aunque no lo crea, llegó a la Corte Constitucional para determinar si las EPS están obligadas a hacer este tipo de procedimientos.
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El alto tribunal ha señalado que, en el caso específico y en el de todas las mujeres, debe mediar en este tipo de aspectos un análisis y una valoración psicológica y de salud para las personas que están solicitando este procedimiento.
Cabe recordar que las EPS no están obligadas a realizar cirugías estéticas por cuestiones de vanidad, sino cuando van en contra de la salud del paciente.
En este caso, la Corte Constitucional ha señalado que se ha violado el principio de diagnóstico de las personas, puesto que es necesario estudiar qué le pasa al paciente, si esto perjudica e impacta su salud mental o física.
De esta manera, entonces se ordena que se hagan las valoraciones para que la EPS tome una determinación, si le hace o no dicha cirugía.
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¿Cuándo se sanciona un acto de exhibicionismo?
Entre otras decisiones recientes de la Corte Constitucional, la sala plena de este alto tribunal aclaró las reglas de cuándo un acto de exhibicionismo en vía pública es sancionado o no. Esta decisión se da luego de una demanda que pedía tumbar un artículo del Código de Policía que permitía a los uniformados sancionar a un ciudadano que protagonizara un hecho de este tipo.
Ahora, la polémica radica en que el alto tribunal señaló que el exhibicionismo solo puede ser sancionado cuando se expongan públicamente los genitales de un hombre o una mujer con el objetivo de acosar a alguien o de incurrir en abuso sexual.
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Julián Valencia es el demandante del artículo del Código de Policía y explicó a Noticias Caracol las razones del recurso que interpuso ante el alto tribunal.
“Era mostrar el cuerpo, pero no decía mostrar qué partes del cuerpo es sancionable para nuestra ley. Inclusive argüí dentro de la sentencia la noticia de una mujer que mostró sus senos y fue sancionada de exhibicionismo, cuando la RAE definía exhibicionismo como la exhibición de los genitales y las glándulas mamarias no hacen parte de los genitales o el sistema reproductor de la mujer”, señaló Julián Valencia.
La Corte Constitucional indicó que no se puede sancionar a una persona que incurra en exhibicionismo, en estos términos, cuando la comunidad se encuentre escandalizada por este tipo de situaciones.
Esta decisión del alto tribunal fue dada a conocer el jueves 16 de marzo de 2023.
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