
¿Es posible tener más de una nacionalidad siendo colombiano? Esto dice la ley
Si en algún momento usted renunció a la nacionalidad colombiana, puede solicitar su recuperación. Le contamos los beneficios y desafíos de tenerla esta doble ciudadanía.

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La posibilidad de tener varias nacionalidades ha dejado de ser una excepción para convertirse en una opción viable para muchos. En el caso de Colombia, la ley permite que los ciudadanos colombianos puedan adquirir otras nacionalidades sin perder la suya, lo que abre un abanico de oportunidades y derechos en distintos países. Pero, ¿cuántas nacionalidades puede tener una persona colombiana y qué dice la ley sobre este tema?
La Ley 43 de 1993, que regula la nacionalidad en Colombia, establece que los ciudadanos colombianos pueden adquirir otras nacionalidades sin la obligación de renunciar a la colombiana. Esto significa que una persona puede tener múltiples nacionalidades, siempre que las leyes de los países involucrados lo permitan. En resumen, la legislación colombiana no limita el número de nacionalidades que una persona puede tener, siempre y cuando el país receptor no tenga restricciones al respecto.
La Constitución Política de Colombia, en su artículo 96
, también garantiza que los colombianos pueden conservar su nacionalidad aún si adquieren otra. Este marco legal facilita la adquisición de diversas nacionalidades y otorga a los colombianos una posición ventajosa en el contexto internacional.
La respuesta a esta pregunta depende de las leyes de cada país. En Colombia, no existe una limitación explícita respecto a cuántas nacionalidades puede tener un ciudadano colombiano, pero es necesario considerar las disposiciones de otros países.
Hay varios países que permiten la doble nacionalidad sin restricciones, lo que facilita que los colombianos puedan obtener una segunda nacionalidad sin perder la colombiana. Algunos de estos países son Argentina, Brasil, Canadá y España. En estos casos, los ciudadanos colombianos pueden disfrutar de los beneficios de ser ciudadanos de estos países, como el acceso a servicios de salud, trabajo y educación, sin que se vean obligados a renunciar a su nacionalidad de origen.
Sin embargo, no todos los países permiten la doble nacionalidad. Algunos permiten que los ciudadanos mantengan su nacionalidad original, pero con ciertas condiciones. Estados Unidos, por ejemplo, permite la doble nacionalidad, pero exige que sus ciudadanos cumplan con ciertas condiciones, como residir en el país por un tiempo determinado o mantener la lealtad al mismo.
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En contraste, países como Japón o Singapur no permiten la doble nacionalidad, por lo que una persona que desee obtener la nacionalidad de estos países deberá renunciar a su nacionalidad original. Esto puede generar complicaciones para aquellos colombianos interesados en adquirir la nacionalidad de estos países.
El proceso para obtener una nueva nacionalidad varía dependiendo de las leyes de cada país. En general, los colombianos que deseen adquirir otra nacionalidad deben cumplir con ciertos requisitos, como:
En general, los procedimientos incluyen la presentación de una solicitud formal, la verificación de antecedentes y, en algunos casos, la participación en exámenes o ceremonias de naturalización.
Tener múltiples nacionalidades puede ofrecer una serie de ventajas significativas. Entre los beneficios más destacados se incluyen:
Aunque las ventajas son claras, la doble o múltiple nacionalidad también puede conllevar ciertos desafíos. Algunos de estos desafíos incluyen:
Existen procedimientos legales que permiten a aquellos que hayan perdido la nacionalidad colombiana o renunciado a ella, recuperarla. De acuerdo con la Ley 2332 de 2023 , cualquier extranjero que haya sido ciudadano colombiano por nacimiento o adopción, y que haya renunciado a su nacionalidad, puede solicitar la recuperación de la misma.
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Este proceso se formaliza a través de un acto administrativo que certifica la recuperación de la nacionalidad. Para ello, el extranjero debe presentar una solicitud en línea y cumplir con los requisitos establecidos por la ley, tras lo cual se emite un acto administrativo que confirma su nacionalidad colombiana.
DANNA SOFÍA SUÁREZ GALEANO
NOTICIAS CARACOL
dssuarez@caracoltv.com.co