¿Epa Colombia podría quedar libre con la Ley de Utilidad Pública? Esto dijo ministra de Justicia
La Ley 2292 de 2023 se creó con la finalidad de sustituir la condena de mujeres en centros carcelarios, siempre y cuando sean madres cabeza de familia y cumplan con algunos requisitos.
La empresaria y creadora de contenido fue condenada a cinco años y dos meses de prisión -
Noticias Caracol/Captura de pantalla de Instagram de Epa Colombia
La defensa de Daneidy Barrera Rojas, más conocida en el mundo digital como Epa Colombia,
presentó recientemente una solicitud para que la mujer quede en libertad al acogerse a una ley. La influenciadora desde hace aproximadamente dos meses se encuentra recluida en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá. ¿En qué se basó esta petición?
La empresaria y creadora de contenido fue condenada a cinco años y dos meses de prisión por los delitos de instigación a delinquir con fines terroristas, daño en bien ajeno y perturbación del transporte público, tras los daños que causó en una estación de Transmilenio durante el estallido social de 2019.
Aunque la defensa de la joven ha solicitado en repetidas ocasiones el beneficio de casa por cárcel, intentando apelar a su condición de madre de familia y empresaria, le ha sido negada esta alternativa. Sin embargo, la última petición conocida buscaba que Epa Colombia
se pudiese acoger a la Ley de Utilidad Pública para salir del centro penitenciario.
Esta misma petición fue hecha por el presidente Gustavo Petro en su cuenta de X. El primer mandatario señaló que por ser madre cabeza de familia tenía que “salir diariamente de la cárcel. Le solicito a la ministra de Justicia ante el Inpec, aplicar la ley”.
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Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, deberá pagar más de 5 años de cárcel -
Foto: Noticias Caracol
¿En qué consiste la Ley de Utilidad Pública?
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La Ley 2292 de 2023 se creó con la finalidad de sustituir la condena de mujeres en centros carcelarios, siempre y cuando sean madres cabeza de familia. Quienes aplican a esta norma podrán cumplir su condena fuera de prisión con la condición de prestar servicios de utilidad pública o también conocidos como servicios comunitarios.
Para acogerse a esta ley, las mujeres deben cumplir con los siguientes requisitos, previa valoración y aprobación de un juez:
Ser mujeres cabeza de familia.
Que hayan sido condenadas por delitos relacionados con el hurto, estupefacientes; o que su condena no exceda los ocho años de prisión.
Que hayan cometido el delito en condiciones de marginalidad.
Esta alternativa les permite a las mujeres desplazarse con normalidad por espacios públicos y continuar con sus labores diarias en libertad. No obstante, los pormenores a cumplir en cada caso deben ser definidos por el juez que avale el proceso. Pero eso sí, deben tener un mínimo semanal de cinco horas y el máximo de 20 horas de servicios comunitarios, sin exceder 8 horas diarias.
¿Epa Colombia podría salir de la cárcel con esta ley?
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La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, aseveró que, para aplicar a la Ley de Utilidad Pública, las prisioneras deben cumplir con los requisitos. Uno de ellos tiene que ver con el comportamiento realizado y el estado de marginalidad de la mujer.
Así lo manifestó la funcionaria en diálogo con Blu Radio: “Hay personas que cometen el delito en relación con su extrema pobreza para, por ejemplo, poder darle alimentación a su hijo. En ese caso en particular, hay una relación entre su marginalidad y su comportamiento; es casi que obligado”.
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Así las cosas, la norma indica, además, que solo se podrá aplicar con ciertos delitos. Para el caso de Epa Colombia, “hay un delito que no lo permite”, bajo la percepción de la ministra de Justicia.
“En este caso en particular hay un delito y lo digo teóricamente, que habla de instigación para terrorismo; yo he sido clara que no comparto que en el caso de Epa haya habido terrorismo. Sin embargo, ella aceptó cargos y está condenada por ese delito; eso impide”, puntualizó Buitrago en dicha emisora.
Aunque esa sea la perspectiva de la ministra, dejó en claro que esta decisión no depende de ella, sino que son los jueces de la República, quienes, en su labor, tendrán que decidir si ella podría beneficiarse de esta ley.
“Incluso, los abogados defensores de ella ya han hecho todas las peticiones. Yo no sigo este caso en particular de manera especial, pero por lo que comentan en términos públicos y hasta donde sé no le han concedido tampoco la domiciliaria”, subrayó la funcionaria.
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MA. FERNANDA LÓPEZ PERIODISTA DE NOTICIAS CARACOL IG: Mafe_loc