Luego de que se derogara un decreto sobre porte de drogas
que expidió Iván Duque en 2018, el gobierno de Gustavo Petro subrayó que lo que se tumba es una sanción de multa al consumo y tenencia de dosis personal de sustancias psicoactivas.
En Colombia, la dosis mínima está regulada por la ley 30 de 1986, que establece que cualquier ciudadano puede portar libremente hasta 20 gramos de marihuana y uno de cocaína sin que sea amonestado o perseguido por las autoridades.
Sin embargo, en 2018, el gobierno de Iván Duque expidió un decreto en el que prohibió tener, entregar, distribuir y comercializar cualquier cantidad de drogas en espacios públicos y le daba facultades a la Policía Nacional para incautar sustancias así estas no llegaran a los topes de la dosis mínima.
Con la anulación del decreto drogas, la administración de Gustavo Petro argumentó que tuvo en cuenta sentencias de la Corte Constitucional en las que se aclara que el consumo y tenencia de sustancias no se pueden sancionar porque no está prohibidas, así como un fallo del Consejo de Estado que señala que el único delito es comercializar dicha mercancía.
Néstor Osuna, ministro de Justicia, agregó que “la Corte Constitucional este año se pronunció sobre esa ley y manifestó que una prohibición general de consumo en lugares públicos no cabe, pero que sí es posible que los municipios regulen y restrinjan en algunos lugares públicos algunas circunstancias, algunos momentos para el consumo de drogas en lugares públicos. Para eso le dio la orden al gobierno de expedir unos protocolos que estamos elaborando”.
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El mandatario colombiano, por su parte, dijo que en su gobierno están de acuerdo con que los alcaldes sean quienes establezcan las restricciones de consumo en espacios públicos para sus ciudades: “La prohibición de consumo en lugares públicos lo debe establecer cada municipio”.
Así mismo, Petro recalcó en su cuenta de X que “la policía debe lograr acabar las desconfianzas barriales con la juventud y centrarse en lo que la ley prohíbe. Capturar al capo, al lavador de dólares y capturar a los delincuentes que azotan a la ciudadanía”.
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Y sostuvo que “la distinción entre consumidor y jíbaro es un asunto de inteligencia policial simple. Los objetivos de la policía local son la destrucción de la banda delincuencial, la olla y la convivencia ciudadana”.
El abogado penalista Mario Burgos explicó que con la derogación del decreto sobre drogas “ahora la Policía no podrá imponerles contravenciones o llamados de atención a aquellos consumidores en los parques, pero sí podrá seguir persiguiendo a los expendedores droga, y judicializándolos y llevándolos a la Fiscalía General de la Nación”.
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