Otro de los pilares de la ley de seguridad ciudadana recientemente sancionada por el presidente Iván Duque es la legítima defensa. Esta, según la Casa de Nariño, “se debe presumir cuando la víctima se defiende contra quien irrumpe de manera ilegal su habitación o vehículo”.
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Para el ministro del Interior, Daniel Palacios, es falsa la afirmación de sectores que señalaban esta ley como “carta blanca para disparar a manifestantes”. Explicó que para que se considere la legítima defensa “debe haber proporcionalidad y condiciones para invertir la carga de prueba”.
En derecho se conoce la proporcionalidad como el manejo racionable de la conducta violenta con un medio, como su nombre lo indica, que sea proporcional a la agresión.
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Se puede presumir legítima defensa con “dos condiciones: (si el ataque es) en su habitación. No en el jardín ni en el antejardín ni toda la extensión de la finca, por decir algo. Así como en su vehículo privado”, detalló el mininterior en Blu Radio .
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