La Corte Constitucional decidió tumbar un artículo del código civil que permitía el matrimonio infantil en Colombia . Desde ahora, las personas que quieran casarse deberán ser mayores de edad, es decir, desde los 18 años de edad.
El pasado 13 de noviembre de 2024, el Congreso de la República prohibió este tipo de uniones. Sin embargo, la nueva ley no ha sido sancionada y, por lo tanto, no ha entrado en vigencia, por lo que la Corte Constitucional se adelantó para que más menores de edad no sean obligados a casarse.
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La Sala Plena de la Corte tomó esta determinación por considerar que el matrimonio y las uniones maritales de hecho entre personas o con personas menores de 18 años resultan contrarios a la Constitución Política de Colombia y al bloque de constitucionalidad.
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Matrimonio infantil es una "práctica nociva": Corte Constitucional
La Corte Constitucional determinó que las uniones entre o con menores de 18 años constituyen una práctica nociva para los niños y las niñas, que se sustentan en paradigmas culturales y estereotipos de género, que deben ser superados.
La Corte Constitucional enfatizó que no es suficiente declarar inconstitucionales las normas analizadas. Es necesario instar a las autoridades administrativas del ámbito nacional y territorial a que, en el ejercicio de sus competencias constitucionales, legales y reglamentarias, diseñen políticas públicas orientadas a prevenir y erradicar las uniones y matrimonios tempranos.
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Esto permitirá ofrecer a las niñas y adolescentes alternativas educativas para desarrollar un juicio informado y poder tomar decisiones de manera libre y autónoma, además de proporcionarles herramientas para fortalecer sus derechos y su participación activa en la sociedad, la economía y el deporte, superando los estereotipos y fundamentos que sustentan la aceptación social del matrimonio infantil.
La Corte Constitucional ordenó a la Defensoría del Pueblo que, en el marco de su labor de difusión y promoción de los derechos humanos, a partir de la notificación de esta decisión, realice las acciones necesarias para identificar las zonas del país con mayor incidencia de matrimonio infantil y uniones tempranas.
Además, la Defensoría del Pueblo deberá implementar en esas áreas campañas pedagógicas destinadas a difundir la presente decisión y a promover los derechos de las niñas y adolescentes, involucrando principalmente a las comunidades campesinas, étnicas y a la comunidad académica (estudiantes, profesores y padres de familia en las escuelas).
Según el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), en Colombia, el matrimonio infantil y las uniones tempranas forzadas siguen siendo una realidad silenciosa que afecta especialmente a las niñas y adolescentes. Estas jóvenes, además, son víctimas de trata de personas, delitos sexuales, trabajos forzosos, embarazos no deseados y diversas formas de violencia de género.
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Matrimonio infantil en Colombia "no es exclusivo de indígenas": Clara López
Cuando la ley de prohibir el matrimonio infantil en Colombia, la senadora Clara López manifestó que, “con la aprobación de esta iniciativa prohíbe el matrimonio infantil, es un gran avance porque va acompañado de una política pública muy robusta, porque el mayor reto es cultural porque estos matrimonios lo que están haciendo es quitándole unas enormes posibilidades a las niñas de educarse en ver de ser sometidas y obligadas a casarse a temprana edad”.
La senadora destacó que, por lo regular, los menores obligados a casarse "son niñas pobres, obligadas, sacándolas de las escuelas, sometidas a violencias en el hogar, cuando aquí estamos haciendo algo civilizatorio porque las menores no son objetos sexuales si no niñas, de modo que las prohibiciones son de carácter general incluyendo los sectores religiosos de modo que la ley ayuda, aunque no cambia las costumbres”.
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Además, Clara López aclaró que “el matrimonio infantil no es exclusivo de las comunidades indígenas, pero el proyecto lo prohíbe a todo el mundo, pero hay usos y costumbres que deben cambiarse con pedagogía porque no es lo mismo la pedagogía en la comunidad campesina, urbana o indígena es una diferenciación que le corresponde a la política pública”.
Finalmente, la senadora indicó que no se debe estigmatizar a las comunidades indígenas: "Debemos entender que aquí no hay una sola cultura sino varias y son las mujeres indígenas las primeras que han estado apoyando esta iniciativa y por último no nos incluye el tema de ideología de género”.
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CAMILO ROJAS
PERIODISTA NOTICIAS CARACOL
X: RojasCamo