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Corte Constitucional ordena medidas ante hacinamiento en cárceles de Colombia

Entes tienen un plazo de 4 meses para garantizar a los reclusos servicios básicos como comida, baños y salud. Pide a jueces adoptar medidas de descongestión.

Hacinamiento en cárceles de Colombia: Corte Constitucional lanza ultimátum

Tras evidenciar el hacinamiento en cárceles de Colombia, centros transitorios, estaciones de Policía y las URI, la Corte Constitucional ordenó, entre otras medidas, el traslado de presos para descongestionar sus celdas.

Al estudiar 9 tutelas, la corte emitió 17 órdenes, entre ellas varias urgentes como que en 2 meses se deben trasladar de estaciones de Policía, URI y centros transitorios a quienes ya estén condenados. Y a quienes tengan detención domiciliaria, llevarlos a su residencia.

En 4 meses, alcaldes y organismos territoriales deben garantizar alimentación, baños y ventilación a los detenidos. El tema de salud se debe resolver en un mes. Al Inpec, se le exigió que no ponga más trabas para otorgar la libertad a quienes ya tienen el derecho.

La Corte Constitucional señala que se debe dar prioridad a mujeres y madres gestantes y personas de la tercera edad.

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Para la Fiscalía y sus jueces se ordenó que la detención preventiva sea de uso excepcional, así como brigadas jurídicas de seguimiento en las cárceles y les pide a los jueces de ejecución de penas que adopten medidas de descongestión.

Hoy en Colombia hay 96.998 reclusos, es una sobrepoblación de más de 16,000 privados de la libertad. Muchos de estos internos podrían acceder a sanciones alternas y esto disminuiría” el hacinamiento en cárceles de Colombia, según Esmeralda Echeverry, directora del movimiento Cárceles al Desnudo.

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Las alcaldías y gobernaciones, en el término de un año, deberán sacar recursos para crear más cupos y mejorar la infraestructura en los sitios de detención.

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