La Corte Constitucional ordenó una audiencia pública para el 7 de octubre de 2024 para decidir si se debe cambiar la forma en la que se vende el aguardiente en Colombia.
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La orden fue dispuesta por el alto tribunal en medio del análisis de una demanda a la ley que faculta a los departamentos que ejerzan el monopolio por producción directa o por contrato de los licores.
La norma demandada determina la protección especial al aguardiente colombiano y, por lo tanto, los departamentos que ejerzan el monopolio de la producción directamente, o por contrato, quedan facultados para suspender la expedición de permisos para la introducción de este licor, nacional o extranjero, en sus respectivas jurisdicciones.
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Dicha suspensión no podrá ser superior a seis años y se otorgará exclusivamente por representar amenaza de daño.
¿Qué busca establecer la Corte Constitucional sobre la forma como se vende el aguardiente en Colombia?
El alto tribunal busca establecer cómo procede el monopolio rentístico y el recaudo en particular sobre el segmento del aguardiente.
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De ser eliminada la norma, no se podría restringir la introducción de otras marcas de aguardiente y abriría el mercado para comercializar esta bebida embriagante de distintos departamentos y hasta de otros países.
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