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CNE falla a favor de Jorge Agudelo: negó revocatoria de su inscripción a elecciones en Santa Marta

Carlos Pinedo y sus abogados habían manifestado que Jorge Agudelo Cuello registró su aspiración electoral de manera irregular, es decir, por fuera de los tiempos, situación que el CNE desestimó.

Los magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE) decidieron no revocar la inscripción de Jorge Agudelo a la Alcaldía de Santa Marta , de la cual ya es mandatario electo, según el 100% de los escrutinios. Le ganó por 242 votos a Carlos Pinedo, su más directo contendor en los comicios del 29 de octubre de 2023.

La Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Santa Marta había puesto en manos del CNE la responsabilidad de resolver de fondo la inscripción de Jorge Agudelo.

Precisamente, Carlos Pinedo y sus abogados habían manifestado que Jorge Agudelo registró su aspiración electoral de manera irregular, es decir, por fuera de los tiempos, situación que el CNE desestimó.

Salarios de alcaldes (2024 - 2027)

El decreto 896 de 2023 establece el sueldo de los alcaldes a través de categorías.

  • Especial: $21.497.207
  • Primera: $18.214.842
  • Segunda: $13.166.090
  • Tercera: $10.561.303
  • Cuarta: $8.834.972
  • Quinta: $7.115.556
  • Sexta: $5.376.068

>>> Le puede interesar: Petro llama a la calma tras las elecciones y dice que respetará la voz del pueblo

Salarios de gobernadores (2024 - 2027)

Al igual que los alcaldes, los gobernadores colombianos tienen un sistema de categorías que determina sus sueldos. Los topes salariales son los siguientes:

  • Categoría especial: $21.497.207
  • Primera categoría: $18.214.842
  • Segunda categoría: $17.514.272
  • Tercera y cuarta categoría: $15.069.940

Estos salarios deben ser aprobados por la respectiva Asamblea Departamental y los funcionarios también tienen derecho a viáticos y bonificaciones.

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Beneficios de votar en Colombia

  • Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
  • Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
  • Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.
  • Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.
  • Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
  • Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar.

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