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Revelan video del enfrentamiento entre ladrón y escolta de la UNP en Kennedy, Bogotá

Un video de cámaras de seguridad que registró el momento exacto en el que un escolta de la UNP le dispara a un presunto ladrón es clave para determinar si el funcionario actuó en legítima defensa.

Un video de cámaras de seguridad que registró el momento exacto en el que un escolta de la Unidad Nacional de Protección (UNP) le dispara a un sujeto que intentó robarlo es prueba clave para determinar si el funcionario actuó en legítima defensa.

El hecho ocurrió sobre las 6:00 a.m. de este sábado 11 de enero de 2024, en la localidad de Kennedy, en Bogotá. La Policía Metropolitana de Bogotá indicó que cuando el escolta de la UNP se dirigía de su casa al trabajo, fue abordado por el delincuente que intentó robarle sus pertenencias. En medio del forcejeo, el funcionario disparó con su arma de dotación contra el ladrón, ocasionándole la muerte.

El escolta fue puesto a disposición de las autoridades competentes para determinar si el disparo fue realizado en legítima defensa o no. En medio de este proceso, el video que se reveló es una prueba clave del actuar del funcionario para defenderse del ladrón.

En el clip se puede ver el forcejeo entre el escolta y el señalado ladrón. Al parecer, hay unos golpes y se tiran al suelo en medio de una pelea. En medio de la disputa, la víctima del intento de hurto saca su arma de dotación y dispara contra el sujeto, quien aparentemente no portaba ninguna arma.

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Con la grabación, las autoridades podrán definir si este asesinato fue producto de un caso de legítima defensa o, por lo contrario, si se le imputarán otros cargos al escolta.

¿Qué es la legítima defensa?


La legítima defensa es una exención de responsabilidad penal que aplica en casos en los que un individuo actúa para proteger un derecho propio o ajeno frente a una agresión injusta, ya sea actual o inminente. Pero, en cualquiera de las situaciones, la respuesta defensiva debe ser proporcional a la amenaza recibida.

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Así lo explica el Código Penal en su artículo 31: "Legítima defensa privilegiada. Se presume también como legítima la defensa que se ejerza para rechazar al extraño que, usando maniobras o mediante violencia, penetre o permanezca arbitrariamente en habitación o dependencias inmediatas, o vehículo ocupado. La fuerza letal se podrá ejercer de forma excepcional para repeler la agresión al derecho propio o ajeno. En los casos del ejercicio de la legítima defensa privilegiada, en la valoración de la defensa se deberá aplicar un estándar de proporcionalidad en el elemento de racionalidad de la conducta".

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