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Fotomultas en Bogotá: estas son las seis infracciones que captan las cámaras

Con la sentencia que determina que el propietario del vehículo es quien asume la responsabilidad de la falta, es importante conocer las infracciones que captan los dispositivos y cuáles son las fotomultas en Bogotá.

Meses atrás la responsabilidad de las fotomultas recaía sobre la persona que iba manejando el vehículo, pero eso ahora cambió
Meses atrás la responsabilidad de las fotomultas en Bogotá recaía sobre la persona que iba manejando el vehículo, pero eso ahora cambió.
Twitter @BluRadioCo

Mediante la sentencia C-321 de 2022, la Corte Constitucional estableció que ahora no será necesario determinar quién conduce el vehículo para imponer con una multa, a menos que se demuestre si el vehículo fue hurtado. Así las cosas, es importante conocer cuáles son las infracciones que captan las cámaras de fotomultas en Bogotá.

Estas son las 6 infracciones que captan las cámaras de fotomultas en Bogotá

  • Conducir a una velocidad superior a la permitida.
  • No respetar el paso de peatones.
  • Conducir sin portar el SOAT vigente.
  • Conducir sin la revisión técnico–mecánica al día.
  • Transitar en sitios prohibidos o en horas no permitidas (pico y placa).
  • No detenerse ante una luz amarilla o roja en un semáforo.

Y es que meses atrás la responsabilidad de las fotomultas recaía sobre la persona que iba manejando el vehículo. Sin embargo, el fallo de la Corte Constitucional estableció que serán los propietarios de los vehículos, y no quien los maneja, los responsables de las infracciones.

"Lo que hace la sentencia hoy es aclararnos, decirnos, que el propietario debe velar porque las condiciones que se presten a la conducción en su vehículo sean las más idóneas para proteger la vida en la ciudad", explicó en su momento Deyanira Ávila Moreno, secretaria de Movilidad en Bogotá.

Agregó: "La carga de velar, de cuidar, de vigilar, está a cargo del propietario del vehículo. Tú no sueltas un carro por soltarlo, o dejas unas llaves para que alguien tome el vehículo".

Sin embargo, los propietarios podrán impugnar las fotomultas, pero deberán aportar las pruebas. La autoridad tiene la obligación de emitir fotocomparendos claros, con placas legibles.

Pero si el fallo de su proceso sale en su contra, el propietario del vehículo deberá cancelar el cien por ciento de la multa junto con los intereses causados.

La Secretaría de Movilidad instó a las personas, para que, en caso de ser multados, realicen el curso pedagógico.

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"Los propietarios de los vehículos deben tener toda su información actualizada en el RUNT, como su dirección de residencia, su correo electrónico, para que se pueda hacer una debida notificación, porque siempre será responsabilidad del propietario tener sus datos al día", manifestó la secretaria de Movilidad.

Hay 109 cámaras de fotomultas en Bogotá, de las cuales están operando 72, según la entidad.

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