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Escolta de la UNP disparó contra ladrón que intentó asaltarlo en Bogotá: delincuente perdió la vida

Ocurrió en horas de la mañana de este 11 de enero, mientras el funcionario se dirigía de su casa al trabajo. Autoridades investigan para determinar si se trató de legítima defensa.

Escolta de la UNP disparó su arma de dotación
Escolta de la UNP disparó su arma de dotación contra ladrón que quiso asaltarlo -
Noticias Caracol - UNP

Sobre las 6 de la mañana de este sábado, 11 de enero de 2025, tuvo lugar un intento de hurto contra un escolta de la Unidad Nacional de Protección (UNP). El hecho ocurrió en el barrio Carmelo, localidad de Kennedy. Se conoció que el funcionario reaccionó utilizando su arma de dotación.

De acuerdo con información de la Policía Metropolitana de Bogotá, mientras el escolta de la UNP se dirigía de su casa al trabajo, fue abordado por el delincuente que intentó asaltarlo usando un arma cortopunzante. En medio del forcejeo, el funcionario disparó contra el ladrón, quien acabó perdiendo la vida.

En este caso, la Policía Metropolitana de Bogotá ha informado que el escolta fue puesto a disposición de las autoridades competentes para determinar si el disparo fue realizado en legítima defensa.

Escolta de la UNP
Escolta de la UNP dispara contra ladrón. Ocurrió en la localidad de Kennedy, en Bogotá -
Noticias Caracol

(Lea también: Así fue como la Policía frustró plan de las disidencias en Tolima: cayeron dos de sus líderes )

¿En qué consiste la legítima defensa?

La legítima defensa es una exención de responsabilidad penal que se aplica cuando una persona actúa para proteger un derecho propio o ajeno frente a una agresión injusta, ya sea actual o inminente, siempre que la respuesta defensiva sea proporcional a la amenaza recibida.

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En otras palabras, no se penalizará a quien cometa un acto delictivo con el fin de defenderse a sí mismo o a otra persona de un ataque ilegítimo que ponga en riesgo su vida, integridad, libertad o patrimonio, siempre y cuando la defensa no exceda los límites razonables. Este principio está establecido en el artículo 32 del Código Penal.

"Legítima defensa privilegiada. Se presume también como legitima la defensa que se ejerza para rechazar al extraño que usando maniobras o mediante violencia penetre o permanezca arbitrariamente en habitación o dependencias inmediatas, o vehículo ocupado. La fuerza letal se podrá ejercer de forma excepcional para repeler la agresión al derecho propio o ajeno. En los casos del ejercicio de la legítima defensa privilegiada, la valoración de la defensa se deberá aplicar un estándar de proporcionalidad en el elemento de racionalidad de la conducta", cita el artículo 31 del Código Penal.

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Por otro lado, la justicia por mano propia, algo que a veces suele confundirse con la legítima defensa, se refiere a la acción de tomar la justicia en sus propias manos, sin recurrir a las autoridades competentes, utilizando la violencia o la coacción contra quien se considera culpable de un delito. Esto implica que se sancionará a quien cometa un delito con el propósito de vengarse o castigar a otro por un hecho pasado o presente, sin considerar las circunstancias ni las pruebas del caso.

La justicia por mano propia está prohibida y castigada por el Código Penal, dependiendo del tipo y la gravedad del delito cometido.

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