Si usted es deudor de multas de tránsito en Bogotá, tiene hasta el próximo 14 de septiembre para acogerse a varios beneficios. Sin embargo, tenga en cuenta que aplica para obligaciones anteriores al 30 de junio del año 2021 y solo para pago en efectivo.
Los sancionados pueden acogerse a una condonación de los intereses e incluso en el capital, dependiendo si la infracción fue a bordo de una moto o un carro.
“Los porcentajes son del 20% del capital y 100% de intereses en descuento para aquellos que cometieron infracción en vehículo y del 40% del capital; 100% de intereses para aquellos que lo cometieron en una motocicleta”, explica Sebastián Cortés, director de gestión de cobro de la Secretaría Distrital de Movilidad.
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Ingresando a la página web www.secretariademovilidad.gov.co, en la pestaña de consulta y pago de comparendo, digite el número de su cédula o la placa del vehículo para acceder no solo a la información sobre la multa, sino también para realizar el pago correspondiente.
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¿Quiénes no están cobijados con este beneficio? Cortés señala que “están exentos por la norma misma aquellos deudores de obligaciones que cometieron la infracción en estado de embriaguez o bajo sustancias alucinógenas”.
Son, en total, 471 mil conductores de vehículos y motocicletas en la capital que podrán acogerse a este beneficio hasta el 14 de septiembre.