Unos jóvenes fueron grabados por un ciudadano mientras mantenían relaciones sexuales en la silla de un parque en Bogotá.
Durante algunos minutos, los jóvenes estuvieron en el lugar realizando actos sexuales que podrían ser castigados como exhibicionismo. Esta conducta es sancionada por el Código de Policía, de acuerdo con el artículo 13.
El joven se dio cuenta de que una persona lo estaba grabando en medio del hecho y le pidió a la mujer detenerse.
Ambos pararon el acto sexual y rápidamente se fueron caminando por el parque.
El Código de Policía establece que quien incurra en un hecho como realizar actos sexuales o de exhibicionismo, que generen molestia a la comunidad, será objeto de la aplicación de medidas correctivas, entre ellas, multas económicas.
De acuerdo con el artículo 13, "no constituyen actos sexuales o de exhibicionismo los besos o caricias que las personas, sin importar su género, color de piel, orientación sexual o identidad de género, manifiesten como expresiones de cariño, en ejercicio de su derecho al libre desarrollo de la personalidad".