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Día sin carro en Bogotá hoy jueves: conozca aquí los horarios de la restricción

¡A sacar la bicicleta! Recuerde que durante el día sin carro en Bogotá tampoco podrán circular las motos. Incumplir la restricción conlleva una multa de más de 500 mil pesos.

En el día sin carro en Bogotá pueden circular los vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros -
En el día sin carro en Bogotá pueden circular los vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros -
Colprensa

La primera jornada del día sin carro en Bogotá está programada para el 1 de febrero de 2024. Cabe resaltar que las motos tampoco podrán circular este jueves. La medida inicia a las 5 de la mañana y termina a las 9 de la noche.

La Alcaldía señaló que durante el día sin carro en Bogotá "se prevé que en la ciudad dejen de circular 1.850.000 vehículos y 430.000 motocicletas, para darle paso a los peatones, ciclistas y usuarios del transporte público".

"Este día es una oportunidad para probar y descubrir medios de transporte sostenibles, como caminar, usar la bicicleta o el transporte público, y las ventajas que su uso ofrecen tanto para la persona como para la ciudad. La sola infraestructura no modifica los hábitos de las personas. Esta jornada sirve para que las personas descubran que hay otras maneras de moverse en la ciudad diferentes al carro", indició la secretaria de Movilidad, Claudia Díaz.

Durante la jornada del día sin carro en Bogotá, "la Secretaría establecerá varios puntos de monitoreo para incluir las emisiones, incluyendo las de dióxido de carbono, un gas que contribuye al cambio climático", agregó la secretaria de Ambiente, Adriana Soto.

La sanción por el incumplimiento de la medida del día sin carro en Bogotá está estipulada en el Código Nacional de Tránsito en la infracción C.14 y para este año es de $572.514, además de que el vehículo o moto será inmovilizado

¿Qué vehículos sí pueden circular en el día sin carro en Bogotá?

  • Transporte público
  • Vehículos conducidos por personas en discapacidad o para su transporte, en cualquier caso, la persona en discapacidad debe encontrarse dentro del vehículo
  • Transporte escolar
  • Vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros.
  • Vehículos destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, incluyendo motocicletas
  • Vehículos de emergencia.
  • Vehículos destinados al control del tráfico, incluyendo motocicletas y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículos Militares, de Policía Nacional, de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá.
  • Vehículos de servicio diplomático o consular.
  • Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
  • Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
  • Vehículos eléctricos o cero emisiones, incluyendo motocicletas.
  • Carrozas fúnebres.
  • Motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio.
  • Vehículos destinados para el control operacional y mantenimiento del SITP.
  • Control de emisiones y vertimientos, incluyendo motocicletas.
  • Vehículos de transporte de valores.

¿Qué vehículos no pueden circular en el día sin carro en Bogotá?

  • Carros y motos particulares
  • Vehículos y motos de las escuelas de conducción
  • Vehículos con permiso de pico y placa solidario
  • Vehículos particulares de medios de comunicación
  • Vehículos híbridos
  • Vehículos dedicados a gas
  • Taxis con pico y placa (placas terminadas en 7 y 8)
  • Vehículos de carga con restricciones establecidas (Decretos 840 de 2019 y 077 de 2020) Vehículos de año modelo superior a 20 años en toda la ciudad. Horario: entre las 6:00 a.m. y las 8:00 a.m., y entre las 5:00 p.m. y las 8:00 p.m.
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