Este lunes, 2 de diciembre de 2024, el juez 76 con función de garantías decidió que no dictará medida de aseguramiento a Andrés Camilo Sotelo, quien había sido capturado por el asesinato de Juan Felipe Rincón, de 21 años.
En medio de la diligencia, los papás de Juan Felipe, el inspector de la Policía, general William Rincón, y Diana Morales, solicitaron ser reconocidos como víctimas en este caso.
Por su parte, Sergio Rico, escolta del joven asesinado, también pidió ser reconocido como víctima, pero el juez se lo negó porque el policía también es sospechoso del asesinato.
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Dentro de las pruebas que obtuvo en cuenta el juez para otorgarle la libertad a Andrés Camilo Sotelo están las armas encontradas en la escena del crimen y la necropsia del joven de 21 años, entre otras. En primer lugar, el juez destacó que solo el arma del escolta Sergio Rico estaba apta para disparar, debido a que, en los exámenes del CTI, se evidenció que el arma entregada por la hermana de Sotelo no era apta para accionar, porque se trataba de un arma traumática, la cual no podía causarle la muerte a Juan Felipe el pasado 24 de noviembre.
El juez también llamó la atención frente a los registros de las armas de fuego en las bases de datos donde están inscritas todas las armas de fuego en Colombia. El togado cuestionó por qué el arma del escolta, que pertenece a la Policía Nacional, no se encontraba en los registros.
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El arma del escolta de Juan Felipe Rincón era la única que servía
El juez 76 de control sostuvo que la única arma de las incautadas que era apta para disparar le pertenecía al escolta Sergio Rico, la cual era una Sig Sauer modelo SP2022, calibre 9 milímetros: “La pistola Sig Sauer es apta para disparar. El proveedor se encontró en buen estado de funcionamiento, tiene una capacidad para alojar 15 cartuchos calibre 9 milímetros. Tanto la pistola como el proveedor son aptos”.
Según el juez, el arma del escolta “es potente, está entre las mejores armas de 9 milímetros en el mundo y tiene unas características especiales. Esa pistola Sig Sauer tiene unos componentes en su cañón que son unas estrías que, al momento de dispararse, el proyectil sale con una potencia que es a través de la conducción de una pólvora especial que tienen las vainillas y que al momento de salir coge una velocidad, de acuerdo con esas estrías para producir el daño que se debe producir. O sea, es letal”.
El togado especificó que “la única arma apta para disparar era la Sig Sauer y que frente al arma que portaba, al momento de los hechos, Andrés Camilo Sotelo, se puede determinar que no era apta para disparar, contrario a la Sig Sauer”.
El arma de capturado por asesinato de Juan Felipe Rincón no funcionaba
En cuanto al arma que tenía en su poder Andrés Camilo Sotelo, el juez dijo que “si el arma que poseía no tenía la capacidad y no era apta para disparar, podemos decir que la inferencia razonable de autoría se desvanece”.
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Para el togado, que el arma de Andrés Camilo Sotelo no fuera apta para disparar, “imposibilita la racionalidad jurídica de solicitud de medida de aseguramiento”.
El juez también hizo referencia al delito de porte ilegal de armas, por el que imputaron a Andrés Camilo: “En el archivo de balística dice que es un arma CO2. No es un arma de fuego”. Explicó el juez que el arma CO2 es una de combustión, a través de una pipeta de gas.
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El juez insistió que el arma que se usó para asesinar a Juan Felipe Rincón fue “un arma potente” como la que tiene las características de la del escolta. “No estoy hablando de responsabilidades, pero la única arma apta para disparar era la Sig Sauer”, agregó.
En cuanto a si dictarle medida de aseguramiento a Andrés Camilo Sotelo, “no hay un respaldo probatorio frente a esa conclusión a la que ha llegado la Fiscalía General de la Nación para poder establecer que el joven Andrés Sotelo es la persona que disparó un arma y que causó la muerte y los daños frente a la humanidad de Juan Felipe Rincón Morales”.
“Se decreta libertad inmediata para Andrés Sotelo por los argumentos expuestos”, manifestó el juez en su sentencia frente al pedido de medida de aseguramiento contra Camilo Sotelo.
El juez que dejó en libertad a Andrés Camilo Sotelo sostuvo que él seguirá vinculado al proceso.
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Explicación del caso Juan Felipe Rincón
El abogado penalista Juan Sebastián Duque fue invitado a Noticias Caracol a hablar sobre este tema y explicó que “el juez hizo un análisis de la norma procesal, de cara con los elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida que reposa en el proceso. Básicamente, siendo la inferencia razonable de autoría o participación un requisito fundamental para la imposición de medida de aseguramiento y estableciendo los elementos de prueba que el arma que causó la muerte de Juan Felipe Rincón no era portada y desde luego no fue disparada por el ciudadano Andrés Sotelo, quien recibió la formulación de imputación por parte de la Fiscalía, no existe lo que la norma exige para que se imponga una medida de aseguramiento privativa o no privativa de la libertad”.
Duque añadió que “lo que en consecuencia se dispuso fue la libertad inmediata del ciudadano Andrés Sotelo, pero, a partir de aquí subyacen otros problemas procesales: si no es Andrés Sotelo el autor o participe de este homicidio que se encuentra hoy bajo averiguación, entonces quién es el posible autor o partícipe de cara a la información del caso y los elementos de prueba que reposan en el expediente”.
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Como segundo punto, el abogado penalista explicó que “siendo la inferencia razonable, requisito normativo para la imposición de medida de aseguramiento, pero también conforme al artículo 286 y siguientes de la ley 906, de 2004, ¿debe sostenerse la formulación de imputación? Sabiendo que la base para una y otra situación jurídica (imputación e imposición de medida de aseguramiento) es la misma inferencia razonable de autoría o participación, es propio que Andrés Sotelo, aún en libertad, continúe vinculado al proceso, Lo que se ha definido hoy es que los medios de prueba establecen que no era Andrés Sotelo que portaba el arma que ocasionó el homicidio de Juan Felipe Rincón”.
La decisión del juez de dejar en libertad a Andrés Camilo Sotelo fue apelada por la Fiscalía y por el abogado de la familia del asesinado. “El recurso de apelación impuesto se va ante un juez con funciones de conocimiento para que lo resuelva sin que esto suspenda la orden inmediata a favor de Andrés Camilo Sotelo. Aunque la segunda instancia revocara la decisión, a partir de este momento, Andrés quedaría en libertad. Sigue vinculado al proceso y la Fiscalía, como titular de la acción penal, tendría lo que continúe de los términos procesales dispuestos en el artículo 175 de la ley 906 del 2004 para establecer si eventualmente solicita la preclusión de la investigación o si formula acusación de manera formal, ante juez de conocimiento, en contra de Andrés Sotelo, lo que, a juzgar por los elementos de prueba, que han sido conocidos por la opinión pública y valorados por un juez de control de garantías, resultaría bastante improbable, como quiera que ya está quedando claro que no fue Sotelo quien disparó”.
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