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Bono para personas con discapacidad en Bogotá: ¿cómo inscribirse y hasta cuándo se puede reclamar?

El bono para personas con discapacidad llega a 12.900 personas en todas las localidades de la capital. Le contamos cuáles son los requisitos para ser beneficiario.

Bono para personas con discapacidad en Bogotá: vea cómo inscribirse
Pixabay

La Secretaría Distrital de Integración Social dispuso un bono para personas con discapacidad en Bogotá . El beneficio es canjeable por alimentos y el plazo máximo para reclamarlo es el 28 de febrero de 2023.

El bono para personas con discapacidad está disponible para habitantes de las 20 localidades de la ciudad y beneficiará a 12.900 personas, quienes podrán utilizarlo en los almacenes Colsubsidio y Cencosud en compra de alimentos por un total de 180.000 pesos.

"Los bonos canjeables aseguran una parte de las necesidades nutricionales de los beneficiarios, convirtiéndose en el aporte de la persona con discapacidad en el hogar. Integración Social garantiza para el 2023 este subsidio y dispone en todas las localidades de su talento humano para acompañar a las personas con discapacidad en el proceso. Esta es la Bogotá que estamos construyendo", señaló César Bermúdez, subdirector para la Discapacidad en Integración Social.

¿Cómo inscribirse para recibir el bono para personas con discapacidad en Bogotá?

Lo primero que debe hacer es presentar los siguientes documentos a la subdirección local de Integración Social en la localidad donde reside:

  • Certificado de discapacidad o historia clínica de la persona con discapacidad (no debe superar un año).
  • Documentos de identidad de todo el núcleo familiar (cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad, registro civil).
  • Un recibo público del servicio de acueducto del lugar de residencia.

LaAlcaldía de Bogotá explicó que luego de presentar los documentos anteriores, el equipo de cada subdirección local validará los siguientes criterios para dar paso a la focalización:

  • Debe ser una persona con discapacidad sin generación de ingresos por concepto de pensión igual o superior a un SMLV.
  • Debe ser una persona con discapacidad sin generación de ingresos por vinculación laboral formal (superior a tres meses) con un ingreso igual o superior a un SMLV.
  • Debe haber cumplimiento a lo establecido en el documento ‘Acta de compromiso de los participantes con Integración Social’ vigente, firmado al inicio del proceso de atención.

Una vez se valide que la persona cumple con los criterios anteriores, a esta se le aplica un instrumento denominado ‘Sistema de apoyos’.

Cuando sean revisados todos los documentos requeridos, mes a mes el Departamento de Análisis y Desarrollo Estratégico prioriza las personas que podrían acceder a los bonos, partiendo de estas condiciones:

  • Personas con discapacidad pertenecientes a hogares con jefatura femenina.
  • Personas con discapacidad que pertenezcan a hogares con dos o más integrantes con discapacidad.
  • Personas con discapacidad que estén bajo el cuidado permanente de personas mayores.
  • Personas con discapacidad que tengan la calidad de indígena, Rrom o gitana, que se encuentren en los registros oficiales avalados por la entidad competente (Sistema Nacional de Información Indígena), la certificación de los cabildos indígenas, entre otros, que determine el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de Integración Social.
  • Personas con discapacidad víctimas de conflicto armado, de acuerdo con las directrices establecidas en la Ley 1448/2011 y los Decretos Nacionales 4633, 4634 y 4635 de 2011, con estado inscrito en el Registro Único de Víctimas - RUV.
  • Personas con discapacidad pertenecientes a los sectores LGTBI.
  • Personas registradas en la encuesta SISBEN IV en Bogotá y clasificados en los grupos A, B y C 07.
  • Personas con discapacidad que requieran sistemas de apoyos extensos y generalizados, validados por Integración Social.

Si fue seleccionado, puede reclamar el bono para personas con discapacidad en cualquiera de los almacenes Colsubsidio y Cencosud cercanos.

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