La ley permite que puedan pagarse su EPS. A quienes no tienen los recursos los cubre el Sisbén. En todo caso, procedimientos estéticos no están permitidos.
En Colombia, todos los reclusos deben tener derecho a la atención en salud. Y así debe ser. Lo que ocurre es que en muchos casos hay reclusos que tienen la posibilidad de pagar de su bolsillo sus tratamientos.
"La persona debe estar afiliada al sistema de salud, ya sea pagando su propia EPS o en el sistema subsidiado", explica Valeri Acero Neira, docente de la Universidad Manuela Beltrán.
¿Y qué pasa entonces con aquella gran masa de detenidos que deben esperar en sus celdas que el Estado les proteja el derecho a la salud?
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"Tengo un caso puntual de una mujer que se encuentra privada de la libertad, posiblemente con hepatitis c, y que no ha sido atendida porque presenta Sisbén y no tiene los recursos para pagar un servicio de médico especial", indicó Ricardo Burgos, abogado.
Por su parte, la unidad de servicios penitenciarios y carcelarios Uspec, a través de un comunicado, aseguró que para muchos resulta insólito que un centro carcelario haya estado obligado a permitir que Aída Merlano se realizara un diseño de sonrisa.
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"Es importante aclarar que la prestación del servicio de salud de las personas privadas de la libertad es garantizada por los recursos del Fondo Nacional de Salud, que cubre solamente los procedimientos médico clínicos, quedando excluidos todos los servicios estéticos", dice la Uspec.
Los reclusos también poseen beneficios como el derecho a la educación y a ser catedráticos, incluso en los mismos centros penitenciarios.
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