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¿A quiénes no aplica la reducción de la jornada laboral? Lo que dice la Ley 2101 de 2021

La reducción gradual de la jornada laboral en Colombia, según la Ley 2101 de 2021, es un paso hacia la mejora del bienestar de los trabajadores. Estos son los casos en los que no aplica.

Reducción de la jornada laboral en Colombia
Desde el 16 de julio de 2023 entró en vigencia la ley 2101 de 2021.
Pixabay

A partir del 16 de julio del 2024, los trabajadores colombianos disfrutarán de una reducción en su jornada laboral, pasando de 47 a 46 horas semanales. Esta nueva disposición, estipulada en la Ley 2101 del 2021, busca mejorar el bienestar y la calidad de vida de los empleados acercando al país a los estándares internacionales de trabajo.

>>> ¿La hora de almuerzo hace parte de la jornada laboral en Colombia? Función Pública explica

La reducción gradual de la jornada laboral, que se espera culmine en el 2026 con un máximo de 42 horas semanales, tiene como objetivo principal brindar a los trabajadores más tiempo libre para dedicarlo a actividades personales, familiares y de ocio. Esto se traduce en un mayor equilibrio entre el ámbito laboral y personal, promoviendo el bienestar físico y mental de los empleados.

¿Cómo se implementa la nueva jornada laboral?

La Ley 2101 establece que la reducción de la jornada laboral debe implementarse de forma gradual, a razón de una o dos por año, hasta llegar a las 42 horas semanales en 2026. Los empleados deben ajustar sus horarios laborales para cumplir con la normativa sin que esto implique una reducción en la remuneración o prestaciones de los trabajadores.

¿A quiénes no aplica la reducción de la jornada laboral?

La nueva jornada laboral aplica a la mayoría de los trabajadores a excepción de algunos de los siguientes casos:

>>> Jornada laboral en Colombia: ¿qué cambios traerá para los trabajadores y empleadores?

  • Labores peligrosas o insalubres: el Gobierno puede establecer jornadas laborales especiales para este tipo de actividades. 
  • Adolescentes: los menores de edad que cuenten con autorización para trabajar tienen jornadas máximas de 6 horas diarias y 36 horas semanales (para mayores de 15 años y menores de 17) y 8 horas diarias y 40 horas semanales (para mayores de 17 años). 
  • Servidores públicos: la ley no aplica a servidores públicos, a menos que trabajen en empresas del Estado y su relación laboral se rija por el Código Sustantivo del Trabajo. 

Adicionalmente, es importante aclarar que las jornadas semanales de 42 horas deberán ser distribuidas en máximo 6 días a la semana, con un día de descanso obligatorio (que puede ser el domingo). En este caso, la jornada diaria no debe superar las 8 horas.

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