Tras la sanción presidencial de la Ley de Seguridad Ciudadana, creada para proteger a la ciudadanía de los delincuentes, expertos se han pronunciado sobre los posibles peligros colaterales que esta puede traer
Según la ley, se presume defensa propia cuando la víctima se defiende contra quien irrumpe de manera ilegal a su habitación, vehículo o propiedad comercial cerrada al público
La respuesta de la víctima deberá ser proporcional y podrá desarrollarse en los anteriores escenarios descritos
Este caso está prohibido en el ordenamiento jurídico colombiano. En el Artículo 111 del Código Penal se explica que en el ‘ejercicio arbitrario de las razones propias’ se puede incurrir en una multa de hasta un salario mínimo mensual legal vigente (el valor neto es de 1.027.798 pesos)
Así es como se define la justicia por mano propia
La ley indica cuándo se podrá emplear este tipo de defensa (la cual puede llegar a causar lesiones corporales o muerte) de manera excepcional: solo para “repeler la agresión al derecho propio o ajeno”
En el Artículo 32 del Código Penal se expone que la “ausencia de responsabilidad penal” se aplica para un rango de situaciones. Entre ellas, “eventos fortuitos y de fuerza mayor” y cuando “se obre por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión actual o inminente, siempre que la defensa sea proporcionada a la agresión”
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