Justicia especial consideró que las mujeres están especialmente protegidas en la guerra. El hombre, sin embargo, seguirá en libertad condicional.
En agosto del año pasado Óscar Enrique de Lima Contreras presentó una solicitud de amnistía e indulto por los delitos de reclutamiento ilícito y acceso carnal violento a una indígena wayú menor de edad en 2014 y por rebelión.
Sin embargo la JEP negó la petición, al considerar que el abuso sexual se convertía en un mecanismo de dominación de una etnia indígena.
En el auto la JEP precisa: "Es una forma de mostrar poder, dominio, y una manifestación clara de lo que constituye el abuso de poder; sobre todo, en contextos como el conflicto armado".
Sobre los delitos sexuales, el tribunal añadió:
“En lo que respecta a la protección de la población civil en el marco del conflicto armado, el Derecho Internacional Humanitario establece que ‘las mujeres serán especialmente protegidas contra todo atentado a su honor, y en particular contra la violación, la prostitución forzada y todo atentado a su pudor’".
Ahora el caso será remitido a la sala de reconocimiento de verdad y responsabilidad para que siga su juzgamiento en esta jurisdicción.
Lima contreras mantendrá el beneficio de libertad condicionada, pero está obligado a comparecer a todas las audiencias de este caso. Aspecto que causó inconformidad en algunos sectores.
“Hacemos el llamado a la misma sala y a la Procuraduría a que se revoque la libertad condicional que tiene este individuo y que se le dé orden de recaptura nuevamente, para que sea llevado y sea la justicia ordinaria la que lleve este caso a la alta corte para que sea condenado por este delito", señaló Lorena Murcia, presidenta de la Corporación Rosa Blanca.
La JEP ya priorizó este tipo de delitos a través del caso 007 conocido como "reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado".
Updated: junio 18, 2019 06:05 a. m.