El próximo 24 de octubre se realizará una audiencia para determinar la nulidad del acto administrativo de 2018, expedido por el Concejo municipal.
La Sala Tercera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia suspendió los efectos del Acuerdo 010 de 2018, expedido por el Concejo de Jericó, que prohibía el desarrollo de actividades de minería de metálicos y minería a mediana y gran escala de los demás minerales, en defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.
La decisión se debe a que el Departamento de Antioquia demandó el acuerdo mencionado a través del incidente consagrado en el artículo 239 de la Ley 1437 de 2011, que establece la prohibición de reproducir actos administrativos previamente suspendidos o anulados.
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Esto en vista de que, según el auto, el mismo Tribunal Administrativo de Antioquia declaró el 12 de diciembre de 2017 la invalidez del Acuerdo 09 de 2017, del Concejo de Jericó, en el cual también se prohibía el desarrollo de actividades mineras en el municipio y en este caso el Acuerdo 010 de 2018 es una reproducción de un acto que ya había sido anulado.
En consecuencia, además de suspender los efectos del acuerdo, fue convocada una audiencia para el próximo 24 de octubre con el fin de decidir la nulidad del mencionado acto administrativo.
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La población de Jericó ha manifestado en reiteradas ocasiones su rechazo a la llegada de la minería a su territorio, esto en vista del título minero otorgado a la multinacional AngloGold Ashanti que insiste en su trabajo amparado en la ley.