Colombia
A propósito de la decisión de despenalizar el aborto en Colombia hasta la semana 24 de gestación, recordamos otras históricas sentencias de la Corte Constitucional, incluidas la de la eutanasia, la dosis mínima y las que amparan los derechos de la comunidad LGBTI.
A pesar de que la eutanasia ha estado despenalizada en Colombia desde 1997, una reciente sentencia amplió el derecho a morir dignamente. Se ha especificado que el procedimiento de muerte asistida se puede aplicar a aquellos pacientes que padezcan alguna enfermedad incurable o de tal gravedad que les provoque intensas dolencias.
En 2016, Colombia se sumó a otros países latinoamericanos que dan validez a los matrimonios entre personas del mismo sexo. Aquellos ciudadanos que hagan parte de dichas uniones ahora pueden acceder a los mismos derechos que existen entre los cónyuges heterosexuales.
Desde 2015 las parejas gay pueden adoptar a menores de edad. Acorde al fallo de la Corte, aquellos interesados tienen la posibilidad de acceder a los procesos de acogida del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), al igual que los matrimonios heterosexuales.
En 2007, la Corte Constitucional aprobó que los ciudadanos homosexuales pudieran acceder a los derechos patrimoniales. Por ejemplo, en caso tal de que alguno fallezca, su pareja puede heredar el capital y los bienes conseguidos por trabajo y ayuda mutuos. Tan solo necesitan comprobar que llevan dos años de convivencia.
La Corte Constitucional despenalizó la tenencia de la dosis mínima en 1994. Se ha fijado que dichas medidas son: 20 gramos de marihuana, 5 gramos de marihuana hachís, 1 gramo de cocaína o de cualquier sustancia a base de esta, y 2 gramos de metacualona, un medicamento sedante-hipotónico.
Algunas de las sentencias respecto a la igualdad y no discriminación giran en torno a: estabilidad laboral, protección al derecho de la identidad de género y prohibición de discriminación por género u orientación sexual.
En junio de 2021, la Corte reiteró que “los empleadores tienen prohibido solicitar exámenes que no tengan relación con las funciones que se van a ejercer, especialmente pruebas de embarazo o exámenes de serología, dado que generalmente se trata de prácticas encaminadas a discriminar a las mujeres gestantes y/o a las personas que tienen alguna enfermedad de transmisión sexual”.
El alto tribunal determinó que las comunidades afrocolombianas, raizales, negras y palenqueras quedan libres de prestar el servicio militar obligatorio. Aquellos interesados deben solicitar un certificado al Ministerio del Interior que acredite su posición como minoría.
Haga clic aquí: